De Creación De La Comisión De Coordinación Para La Participación En La Expo Shanghái 2010

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Empresa Industria y Comercio Rango: Decretos Ejecutivos - DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA EXPO SHANGHÁI 2010 DECRETO N° 20-2009. Aprobado el 23 de Marzo de 2009 Publicado en La Gaceta N° 61 del 30 de Marzo de 2009 El Presidente de la República de Nicaragua, Considerando I Que el Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional de la República de Nicaragua fomenta y apoya las relaciones de amistad con todos los pueblos del mundo y que en este contexto considera importante participar en todos los foros que promuevan el desarrollo económico con sentido social. II Que el Buró de Coordinación de la Expo Mundial de Shanghái de la República Popular de China, ha invitado al Gobierno de Nicaragua a participar en el evento denominado "Expo Mundial de Shanghái", a celebrarse en la ciudad de Shanghái, del primero de mayo al treinta y uno de octubre, del año dos mil diez, con el objetivo de promover los intercambios en los flujos de inversión, turismo y comercio y profundizar el conocimiento mutuo y la amistad entre ambas naciones y sus pueblos. III Que es prioridad del Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional de la República de Nicaragua, promover las inversiones, el comercio y el turismo para aumentar los actuales niveles de producción y empleo, para lo cual deben realizarse iniciativas que promuevan y faciliten estas actividades. POR TANTO En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política HA DICTADO El siguiente: DECRETO DE CREACIÓN DE LA COMISIÓN DE COORDINACIÓN PARA LA PARTICIPACIÓN EN LA EXPO SHANGHÁI 2010 Artículo. 1 Créase la Comisión de Coordinación para la Participación en la Expo Shanghái 2010, con el objetivo de garantizar la exitosa participación de Nicaragua en la misma. La Comisión actuará bajo la supervisión y coordinación de la Agencia de Promoción de Inversiones Privadas, PRO-Nicaragua, adscrita y bajo tutela de la Presidencia de la República. Artículo. 2 La Comisión estará integrada por los titulares de las siguientes instituciones o sus delegados: a. Consejo de Comunicación y Ciudadanía b. Ministerio de Relaciones Exteriores (MINREX) c. Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MIFIC) d. Asociación Nicaragüense de Amistad con la República Popular de China y su Pueblo, PRO NICA CHINA e. Instituto Nicaragüense de Turismo (INTUR) f. Agencia de Promoción de Inversiones PRO Nicaragua Artículo. 3 La Comisión designará un Comité de Trabajo Logístico que tendrá a su cargo la ejecución de todas las acciones organizativas y operativas pertinentes para la participación en la Feria. Artículo. 4 La Comisión tendrá las siguientes funciones específicas: a. Garantizar la participación de Nicaragua en la Expo Mundial de Shanghái. b. Facilitar encuentros empresariales. c. Coordinar los mecanismos de relaciones públicas que requiera la Feria. d. Integrar los comités que estime convenientes para el mejor desarrollo de sus fines. e. Las demás que le encomiende el Presidente de la República. Artículo. 5 Con el fin de maximizar esfuerzos, todas las instituciones gubernamentales del Poder Ejecutivo quedan obligadas a brindar a la Comisión todo su apoyo, participación, información y asistencia que sean requeridos para el exitoso cumplimiento de los objetivos y funciones establecidos en el presente Decreto. Artículo. 6 El presente Decreto entrará en vigor a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, a los veintitrés días del mes de Marzo del año dos mil nueve. DANIEL ORTEGA SAAVEDRA, Presidente de la República de Nicaragua. ORLANDO SOLÓRZANO DELGADILLO, Ministro de Fomento Industria y Comercio. -