De Adhesión Al Convenio Internacional Para El Control Y La Gestión Del Agua De Lastre Y Los Sedimentos De Los Buques, 2004

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales Rango: Decretos Ejecutivos - DE ADHESIÓN AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA EL CONTROL Y LA GESTIÓN DEL AGUA DE LASTRE Y LOS SEDIMENTOS DE LOS BUQUES, 2004 DECRETO No. 23-2015, Aprobado el 17 de Julio del 2015 Publicado en La Gaceta No. 141 del 29 de Julio del 2015 Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unida Nicaragua Triunfa DECRETO No. 23-2015 El Presidente de la República Comandante Daniel Ortega Saavedra CONSIDERANDO I Que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar, 1982, obliga a los Estados a tomar medidas para prevenir, reducir y controlar la contaminación del medio marino. II Que el 13 de febrero de 2004, la Organización Marítima Internacional adoptó el Convenio Internacional para el control y la gestión del Agua de Lastre y los sedimentos de los buques. III Que el desarrollo económico sostenible del país requiere crear condiciones para el manejo adecuado de los recursos naturales y ecosistemas, por lo que es necesario un manejo apropiado de las aguas de lastre, por sus posibles impactos en el ambiente, la salud y la economía. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política HA DICTADO El siguiente: DECRETO DE ADHESIÓN AL CONVENIO INTERNACIONAL PARA EL CONTROL Y LA GESTIÓN DEL AGUA DE LASTRE Y LOS SEDIMENTOS DE LOS BUQUES, 2004. Artículo 1. Adherirse al "Convenio Internacional para el control y la gestión del Agua de Lastre y los sedimentos de los buques, 2004", adoptado en Londres, Reino Unido el 13 de febrero de 2004, durante la Conferencia Internacional sobre la gestión del agua de lastre para buques. Artículo 2. Remitir al Poder Legislativo el presente Decreto de Adhesión para su respectiva aprobación. Artículo 3. El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día diecisiete de julio del año dos mil quince. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado para Políticas Nacionales. -