Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Ejecutivos
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DE ADHESIÓN AL
CONVENIO INTERNACIONAL PARA EL CONTROL Y LA GESTIÓN DEL AGUA DE
LASTRE Y LOS SEDIMENTOS DE LOS BUQUES, 2004
DECRETO No. 23-2015,
Aprobado el 17 de Julio del 2015
Publicado en La Gaceta No. 141 del 29 de Julio del 2015
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional
Unida Nicaragua Triunfa
DECRETO No.
23-2015
El Presidente de la República
Comandante Daniel Ortega Saavedra
CONSIDERANDO
I
Que la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del mar,
1982, obliga a los Estados a tomar medidas para prevenir, reducir y
controlar la contaminación del medio marino.
II
Que el 13 de febrero de 2004, la Organización Marítima
Internacional adoptó el Convenio Internacional para el control y la
gestión del Agua de Lastre y los sedimentos de los buques.
III
Que el desarrollo económico sostenible del país requiere crear
condiciones para el manejo adecuado de los recursos naturales y
ecosistemas, por lo que es necesario un manejo apropiado de las
aguas de lastre, por sus posibles impactos en el ambiente, la salud
y la economía.
En uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
DE ADHESIÓN AL
CONVENIO INTERNACIONAL PARA EL CONTROL Y LA GESTIÓN DEL AGUA DE
LASTRE Y LOS SEDIMENTOS DE LOS BUQUES, 2004.
Artículo 1. Adherirse al "Convenio Internacional para
el control y la gestión del Agua de Lastre y los sedimentos de los
buques, 2004", adoptado en Londres, Reino Unido el 13 de
febrero de 2004, durante la Conferencia Internacional sobre la
gestión del agua de lastre para buques.
Artículo 2. Remitir al Poder Legislativo el presente Decreto
de Adhesión para su respectiva aprobación.
Artículo 3. El presente decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de
Nicaragua, el día diecisiete de julio del año dos mil quince.
Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua. Paul Oquist Kelley, Secretario Privado
para Políticas Nacionales.
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