De Adhesión Al Convenio Internacional Del Cacao, 2010

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - DE ADHESIÓN AL CONVENIO INTERNACIONAL DEL CACAO, 2010 Decreto No. 10-2013, Aprobado el 13 de Febrero del 2013 Publicado en La Gaceta No. 35 del 22 de Febrero del 2013 Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional Unidad Nicaragua Triunfa DECRETO No. 10-2013 El Presidente de la República Comandante Daniel Ortega Saavedra En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política HA DICTADO El siguiente DECRETO DE ADHESIÓN AL CONVENIO INTERNACIONAL DEL CACAO, 2010. Artículo 1. Adherirse al Convenio Internacional del Cacao, 2010, y sus Anexos A, B Y C, hecho en Ginebra el 25 de junio de 2010. Artículo 2. Remitir a la Asamblea Nacional la iniciativa del Decreto Legislativo de aprobación del Convenio Internacional del Cacao, 2010, de conformidad con lo dispuesto para tales efectos en el inciso 12 del artículo 138 de la Constitución Política y artículo 90 y 91 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo. Artículo 3. El presente Decreto de Adhesión entrara en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de Gobierno, República de Nicaragua, el día trece de Febrero del año dos mil trece. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua, Samuel Santos López, Ministro de Relaciones Exteriores. -