De Adhesión Al Acuerdo Internacional Del Café De 2007

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - DE ADHESIÓN AL ACUERDO INTERNACIONAL DEL CAFÉ DE 2007 DECRETO No. 41-A-2008. Aprobado el 13 de Agosto de 2008 Publicado en La Gaceta N° 175 del 10 de Septiembre de 2008 El Presidente de la República de Nicaragua CONSIDERANDO I Que el Consejo Internacional del Café aprobó el 28 de septiembre de 2007, en su 98° período de sesiones, la Resolución Número 431, el texto del Acuerdo Internacional del Café de 2007, y en fecha 25 de enero del año 2008, aprobó la Resolución Número 436, en la que se designa como Depositario del presente Instrumento Internacional a la Organización Internacional del Café. II Que es de gran importancia para el Estado de la República de Nicaragua, Adherirse al Acuerdo Internacional del Café de 2007, porque los objetivos del Acuerdo coinciden con los intereses del sector cafetalero nacional y del país en general. III Que el Acuerdo está abierto en la sede del Depositario, hasta el 31 de agosto del 2008, y los instrumentos de ratificación, aceptación o aprobación serán depositados en poder del Depositario a más tardar el 30 de septiembre del 2008. En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política HA DICTADO El siguiente: DECRETO De Adhesión al Acuerdo Internacional del Café de 2007 Artículo 1. Adherirse al "Acuerdo Internacional del Café de 2007", que el Consejo Internacional del Café aprobó el 28 de septiembre de 2007, en su 98° período de sesiones, mediante Resolución Número 431. Artículo 2. Enviar para su aprobación a la Asamblea Nacional el Decreto de Aprobación de Adhesión al Acuerdo antes mencionado. Artículo 3. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de esta fecha. Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, Casa de Gobierno, el día trece de agosto del año dos mil ocho. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.- Manuel Coronel Kautz, Ministro de Relaciones Exteriores por la Ley. -