Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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DE ADHESIÓN A LA CONVENCIÓN
INTERAMERICANA SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE CONDENAS PENALES EN EL
EXTRANJERO
DECRETO No. 02-2001, Aprobado el 5 de Enero del 2001
Publicado en La Gaceta No. 10 del 15 de Enero del 2001
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que el día 9 de Junio de 1993, fue adoptado en Managua, Nicaragua,
la Convención Interamericana para el Cumplimiento de Condenas
Penales en el Extranjero.
II
Que es de vital importancia la cooperación entre los países
interamericanos, para la rehabilitación e inserción social de las
personas que han sido condenadas o que se encuentran incursas en
una pena.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
DE ADHESIÓN A LA CONVENCIÓN
INTERAMERICANA SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE CONDENAS PENALES EN EL
EXTRANJERO
Arto. 1.- Adherirse a la Convención Interamericana para el
Cumplimiento de Condenas Penales en el Extranjero, adoptada en
Managua, Nicaragua, durante el Vigésimo Tercer Período Ordinario de
Sesiones de la Asamblea de la Organización de los Estados
Americanos (OEA) el 9 de Junio de 1993.
Arto. 2.- Someter dicha adhesión a la aprobación de la
Honorable Asamblea Nacional.
Arto. 3.- Expedir el correspondiente Instrumento de
Adhesión para su depósito en la Secretaría General de la
Organización de los Estados Americanos.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el cinco de
Enero del año dos mil uno.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO,
Presidente de la República de Nicaragua
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