Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
-
CREACIÓN DEL SISTEMA DE CAJA
ÚNICA
DECRETO No. 116-99 Aprobado 22 de Octubre de 1999
Publicado en la Gaceta 243 del 21 de Diciembre de 1999
El Presidente de la República de Nicaragua
CONSIDERANDO
I
Que el Reglamento al Arto. 21, literal h) de la Ley No. 290. Ley de
Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo.
Aprobado mediante Decreto No. 44-98, en su Arto. 7 establecer que
es función de la Tesorería General de la República la
administración del flujo de ingresos y gastos del Estado.
II
Que a los efectos de la administración eficiente del flujo de
ingresos y gastos por parte de la Tesorería General de la
República, a que se refiere el considerando anterior, en coherencia
con el proceso de modernización del Estado y de la Administración
Financiera es conveniente instituir el Sistema de Caja Unica del
Tesoro.
En uso de sus facultades que le confiere la Constitución
Política.
HA DICTADO
El Siguiente Decreto:
Creación del Sistema de Caja
Única
Arto. 1 Créase el Sistema de Caja Unica del Tesoro a cargo
de la Tesorería General de la República del Ministerio de Hacienda
y Crédito Público, el cual formará parte del Sistema Integrado de
Gestión Financiera y Auditoría (SIGFA).
Arto. 2 Facultase al Ministro de Hacienda y Crédito Público
a dictar todos los acuerdos, resoluciones. procedimientos y
normativas para la aplicación del Sistema de Caja Única del Tesoro,
así como a dictar las disposiciones complementarias para el
funcionamiento del mismo.
Arto. 3 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
esta fecha. Publiques en La Gaceta, Diario Oficial. Publíquese en
La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintidós de
Octubre de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMAN
LACAYO. Presidente de la República de Nicaragua.
-