Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Derechos Humanos
Rango: Decretos Ejecutivos
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CREACIÓN DEL INSTITUTO DE
ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE GUERRA
Decreto No. 7-92, Aprobado el 14 de Febrero de 1992
publicado en La Gaceta No. 35 del 21 de Febrero de 1992
El Presidente de la República de Nicaragua,
Considerando
I
Que el Gobierno de la República de Nicaragua ha elaborado el
Programa de Reconciliación Nacional y Rehabilitación
Socio-Económica, uno de cuyos objetivos prioritarios es la atención
a las víctimas de guerra.
II
Que el desarrollo de ese objetivo del Programa requiere de una
adecuada coordinación interinstitucional, para lo cual es necesario
la creación de una entidad que tenga bajo su responsabilidad la
supervisión y el seguimiento de los proyectos gubernamentales de
atención a las víctimas de guerra.
Por Tanto
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
Ha Dictado:
El siguiente Decreto de:
CREACIÓN DEL INSTITUTO DE
ATENCIÓN A LAS VÍCTIMAS DE GUERRA
Artículo 1.- Créase el Instituto de Atención a las Víctimas
de Guerra, como una dependencia del Ministerio de la Presidencia,
de duración indefinida, que en lo sucesivo podrá denominarse
simplemente con las siglas INVICTA, que se regirá por el presente
Decreto, su Reglamento y las demás disposiciones legales
pertinentes.
Artículo 2.- El Instituto tendrá como objeto principal la
coordinación, supervisión y seguimiento de las políticas, programas
y proyectos de las distintas dependencias del Gobierno que tiendan
a beneficiar a las víctimas de guerra por razón de discapacidad,
viudez y orfandad.
Artículo 3.- El Instituto estará bajo la responsabilidad de
un Director General nombrado por el Ministro de la Presidencia,
cuyas funciones serán determinadas en el Reglamento
respectivo.
Artículo 4.- Se faculta al Ministro de la Presidencia para
que emita el Reglamento de este Decreto.
Artículo 5.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en el Diario Oficial, La Gaceta.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia a los catorce
días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y
dos.-VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO .- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA.
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