Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Ejecutivos
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CREACIÓN DE LA ORDEN DE LA
INDEPENDENCIA CULTURAL "RUBEN DARÍO"
Decreto No. 927 de 21 de enero de 1982
Publicado en La Gaceta No. 21 de 27 de enero de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
Considerando:
I
Que RUBEN DARIO, es el más alto exponente de la cultura
nicaragüense cuya obra ha contribuido a renovar la lengua
castellana y promover nuevas formas en el arte y la literatura del
continente.
II
Que la Revolución Nicaragüense está en el deber de reconocer a las
grandes figuras que han hecho posible a o largo de nuestra
historia, nuestra independencia política, económica y
cultural.
POR TANTO:
en uso de sus facultades,
Acuerda:
Artículo 1.-Créase la Orden de la independencia Cultural
"RUBEN DARIO", que será la máxima distinción que otorgue Nicaragua
a nacionales y extranjeros por sus méritos en el campo de la
cultura, la educación y las ciencias.
Artículo 2.-La Orden de la Independencia Cultural "RUBEN
DARIO", se otorgará mediante Acuerdo Ejecutivo dictado por la Junta
de Gobierno de Reconstrucción Nacional.
Artículo 3.-El Gobierno de Nicaragua a través del Ministerio
del Exterior reglamentará el presente Decreto.
Artículo 4.-El presente Decreto entrará en vigencia desde la
fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintiún días del mes de enero
de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la
Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DÉ RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova
Rivas.
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