Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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CREACIÓN DE LA OFICINA DE
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DECRETO NO. 5-2004, Aprobado el 10 de Febrero del 2004
Publicado en la Gaceta No. 32 del 16 de Febrero de 2004
EL P RESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de las facultades que les confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El Siguiente
DECRETO
Creación de la Oficina de Administración Pública
Artículo 1.- Créase la Oficina de Administración Pública en
la Secretaría de Coordinación y Estrategia de la Presidencia
(SECEP), con el objetivo de formular y proponer políticas y normas
para la Reforma del Estado, las cuales serán consensuadas con las
instancias correspondientes del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público y ejecutada por éstas, de acuerdo a la Ley 290 Ley de
Organización, Competencia y Procedimientos del Poder
Ejecutivo.
Artículo 2.- La Oficina de Administración Pública asume sin
solución de continuidad las funciones del Comité Ejecutivo para la
Reforma de la Administración Pública (CERAP) estipuladas en los
siguientes incisos a), b), c), e) y g) del Arto. 6 del Decreto
44-94, en el ámbito del Poder Ejecutivo.
Artículo 3.- Se derogan las disposiciones contrarias al
presente Decreto.
Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de esta fecha.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los diez días
del mes de febrero del año dos mil cuatro.
Publíquese en La Gaceta, Diario Oficial. Enrique Bolaños
Geyer, Presidente de la República de Nicaragua
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