Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Orden Interno
Rango: Decretos Ejecutivos
-
CREACIÓN DE LA CONDECORACIÓN
QUINCE AÑOS DE SERVICIO EN LA POLICÍA NACIONAL
DECRETO No. 34-94, Aprobado el 05 de Septiembre de
1994
Publicado en La Gaceta No. 168 del 7 de Septiembre de 1994
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
CONSIDERANDO
I
Que la Policía Nacional cumple quince años de su fundación en el
mes de Septiembre del año en curso.
II
Que la celebración de ese Aniversario amerita la creación de una
distinción conmemorativa para los miembros de la Policía Nacional
que han sido fundadores y forjadores de esta Institución y que se
han distinguido en el cumplimiento de su deber.
POR TANTO
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente Decreto de:
CREACIÓN DE LA
CONDECORACIÓN QUINCE AÑOS DE SERVICIO EN LA POLICÍA NACIONAL
Artículo 1.- Créase la Condecoración Medalla "QUINCE AÑOS DE
SERVICIO EN LA POLICÍA NACIONAL", la que bajo las siguientes
condiciones será otorgada a miembros de la Policía Nacional:
a) A los que en el mes de Septiembre de este año cumplan quince
años de servicio en la Institución;
b) A los que por razones de reorganización del Ministerio de
Gobernación se hayan desempeñado en otros órganos y dependencias de
este Ministerio y que al cumplirse este quinceavo aniversario se
encuentren nuevamente incorporados a la Policía Nacional;
c) A los fallecidos de la Policía Nacional en cumplimiento de su
deber a la fecha del presente Decreto.
Artículo 2.- La Condecoración de Quince años de Servicio en
la Policía Nacional se otorgará exclusivamente a los Miembros de la
Policía Nacional. Esta condecoración será aprobada por el Director
General de la Policía Nacional, a propuesta de la Comisión Nacional
que para tales efectos se organizará en dicha Institución.
Artículo 3.- El procedimiento interno y administrativo será
objeto de reglamentación por parte del Director General de la
Policía Nacional.
Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación por cualquier medio de comunicación
social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los cinco
días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y cuatro.
VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA.
-