Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Transporte
Rango: Decretos Ejecutivos
-
CREACIÓN DE LA COMISIÓN
CENTROAMERICANA DE TRANSPORTE MARÍTIMO (COCATRAM)
Decreto No. 757 de 4 de julio de 1981
Publicado en La Gaceta No. 154 de 13 de julio de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Se reconoce plenos efectos a la Resolución
número 80 emitida en la ciudad de Managua, el 15 de julio de 1980,
por la reunión de Ministros Responsables de la Integración
Económica Centroamericana, creando la Comisión Centroamericana de
Transporte Marítimo (COCATRAM), como Organismo Internacional de
carácter regional, en sustitución de la Comisión Centroamericana de
Autoridades Portuarias (COCAAP), para atender de modo institucional
y en forma permanente, especializada e integral, los diferentes
aspectos relacionados con el desarrollo del Transporte Marítimo en
Centroamérica.
Artículo 2.-La Secretaría de dicha Comisión gozará de los
mismos privilegios e inmunidades que se reconocen a los
funcionarios internacionales centroamericanos. Asimismo a los
miembros de la Comisión Centroamericana de Transporte Marítimo
(COCATRAM), le serán aplicables a las disposiciones del Decreto No.
13 del 4 de junio de 1964, publicado en «La Gaceta», No. 189, del
19 de agosto del mismo año, cuando en tal carácter ingresaren a
Nicaragua.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia, desde
el momento de su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los cuatro días del mes de julio de
mil novecientos ochenta y uno. «Año de la Defensa y la
Producción».
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdoba Rivas.
-