Contrato De Prestamo Con El Banco Interamericano De Desarrollo (Bid)

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - CONTRATO DE PRESTAMO CON EL BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) Decreto No. 602 de 16 de diciembre de 1980 Publicado en La Gaceta No. 296 de 23 de diciembre de 1980 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades, Decreta:Artículo 1.- Apruébase la contratación de préstamo a otorgarse por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) a la República de Nicaragua por Sesenta y Cinco Millones de Dólares (US$65,000,000.00), para financiar programas de desarrollo agropecuario relacionados con la reactivación económica del país, que serán llevados a cabo por el Banco Nacional de Desarrollo (BND), como organismo ejecutor. Artículo 2.- La República de Nicaragua pagará este préstamo en un plazo de cuarenta (40) años en el que se incluyen diez (10) años de gracia, mediante sesenta (60) cuotas semestrales y consecutivas comenzando en la fecha de vencimiento del período de gracia, y reconocerá y pagará semestralmente una comisión de compromiso del 1/2 del 1% anual después de los primeros doce meses sobre saldos no desembolsados, e intereses sobre saldos deudores del 1% anual durante los diez primeros años y del 2% anual durante el resto del plazo. Estos intereses se comenzarán a pagar a los seis meses de la firma del contrato. Artículo 3.- Autorízase al Ministro de Finanzas, para que en nombre y representación de la República de Nicaragua suscriba el respectivo contrato de préstamo y los documentos necesarios. El Ministerio de Finanzas deberá establecer oportunamente en los presupuestos de ingresos y egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las obligaciones contraídas. Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los dieciséis días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta. "Año de la Alfabetización". Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Sergio Ramírez Mercado. Moisés Hassan Morales. Daniel Ortega Saavedra. Arturo J. Cruz. Rafael Córdova Rivas. -