Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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CONTRATO DE PRESTAMO CON EL
BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID)
Decreto No. 603 de 16 de diciembre de 1980
Publicado en La Gaceta No. 296 de 23 de diciembre de 1980
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Apruébase la contratación de préstamo a
otorgarse por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), a la
República de Nicaragua hasta por un monto de Cuatro Millones
Quinientos Mil (4,500,000) Francos Suizos, para ayudar a financiar
la construcción y equipamiento de 85 Centros Rurales de
Salud.
Artículo 2.- La República de Nicaragua pagará este préstamo
en francos suizos en el plazo de cuarenta (40) años dentro de los
cuales se incluyen quince (15) años de gracia, mediante cincuenta
(50) cuotas consecutivas, pagaderas semestralmente comenzando
quince y medio (15 1/2) años después de la firma, y reconocerá y
pagará semestralmente intereses del 1% anual sobre los saldos
deudores.
Artículo 3.- Autorízase al Ministro de Finanzas para que en
nombre y representación de la República de Nicaragua suscriba el
respectivo contrato de préstamo y los documentos necesarios. El
Ministerio de Finanzas deberá establecer oportunamente en los
presupuestos de ingresos y egresos de la República, las cantidades
necesarias para el cumplimiento de las obligaciones
contraídas.
Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde
el momento de su publicación, por cualquier medio de comunicación
colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en "La
Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los dieciséis días del mes de
diciembre de mil novecientos ochenta. "Año de la
Alfabetización".
Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Sergio Ramírez
Mercado. Moisés Hassan Morales. Daniel Ortega Saavedra. Arturo J.
Cruz. Rafael Córdova Rivas.
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