Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Decretos Ejecutivos
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CONSTRUCCIÓN DE PARQUE EN LA
MUNICIPALIDAD DE GRANADA
DECRETO EJECUTIVO No. 535, Aprobado el 9 de Febrero de
1940
Publicado en La Gaceta No. 41 del 19 de Febrero de 1940
El Presidente de la
República,
Acuerda:
Unico Aprobar en todas sus partes, la disposición que
dice:
No. 21 La Municipalidad de Granada, en uso de sus
facultades,
Considerando:
Que para llenar la finalidad que como regia de administración está
llevando a cabo el Exmo. Señor Presidente de la República, de dotar
a las poblaciones de obras de seguridad y progreso y de centros de
distracción y salud pública, es menester completar las
construcciones que por acuerdo de Su Excelencia se hicieron en la
Bodega y Muelle de esta ciudad; y una de ellas sería rodear esas
edificaciones de un parque que sirva de embellecimiento, recreo y
bienestar a la ciudad.
Considerando:
Que con tal fin se ha levantado el plano de construcción de dicho
parque por los señores J. Cardenal y R. Lacayo Fiallos y
Cía.,
Acuerda:
I
Procédase a la construcción del Parque anexo a la Bodega del Muelle
y a las mejoras que se crean convenientes para dicha
construcción.
II
Comisiónase al señor Alcalde Municipal, don Gilberto Lacayo
Bermúdez, para que negocie la construcción de que se ha hecho
referencia con la Gerencia del Ferrocarril del Pacífico de
Nicaragua, bajo las mismas bases y como ampliación del contrato
efectuado para la edificación de la Bodega; en consecuencia, el
señor Alcalde queda plenamente autorizado para que a nombre de esta
Municipalidad otorgue el contrato respectivo hasta por la suma de
veinte mil córdobas.
III
Queda Igualmente autorizado el señor Alcalde para que adquiera y
arregle con la citada empresa del Ferrocarril del pacifico de
Nicaragua, la instalación de una romana o báscula destinada a pesar
ganados.
IV
Elévese este acuerdo al conocimiento del Supremo Gobierno para los
efectos de ley.
Comuníquese Granada, siete de Febrero de mil novecientos cuarenta.
Gilberto Lacayo B. Joaquín Zavala Urtecho. Juan M. López.
J. García Z, Srio.
Comuníquese Casa PresidencialManagua, D. N. 9 de Febrero de 1940
SOMOZA. El Ministro de la Gobernación, por la ley
Gustavo Abaunza.
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