Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
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CONCEPTUANSE CONSUMO INDUSTRIAS
DE TERCERA CATEGORIA
Decreto Ejecutivo No.13 MEIC Aprobado el 4 de Mayo de
1956
Publicado en La Gaceta No.244 del 27 de Mayo de 1956
El Presidente de la República
De conformidad con el Arto. 6º. Del decreto Ejecutivo no.11 de 6
de Octubre de 1955,
Decreta:
Artículo 1º.- Conceptúense como industrias de Tercera
Categoría comprendidas en el inciso a) del Arto.4º. del Decreto
arriba citado, las textiles que producen artículos a base de seda
artificial (rayón) importado.
Artículo 2º.- Este Decreto deberá publicarse en La
Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional. Cuatro de
Mayo de mil novecientos cincuenta y seis. Año José Dolores Estrada.
A.SOMOZA. El Vice-Ministro de Estado en el Despacho de Economía,
J.J.Lugo Marenco.
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