Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Derechos Humanos
Rango: Decretos Ejecutivos
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COMISION NACIONAL DE PROMOCION Y
PROTECCION DE LOS DERECHOS HUMANOS
REFORMA
Decreto No. 1114 de 22 de septiembre de 1982
Publicado en La Gaceta No. 230 de 2 de octubre de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Se reforma el Arto 2 del Decreto 438 Creación de
la Comisión Nacional de Promoción y Protección de los Derechos
Humanos, el cual se leerá así:
"Estructura"
Arto 2.-La Comisión reflejará en su composición la mas
amplia participación de la población:
a) La Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional nombrará a un
ciudadano calificado y experto en Derechos Humanos, quien actuará
con poder delegado de la misma, en calidad de Comisionado Nacional
para Derechos Humanos y Asuntos Humanitarios el cual presidirá la
Comisión Nacional. La persona así nombrada servirá de enlace entre
la Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional y la
Comisión.
b) La Comisión deberá funcionar regularmente y adoptar medidas
adecuadas para facilitar el acceso inmediato a ella de cualquier
particular o autoridad.
c) Los demás miembros de la Comisión serán nombrados por la Junta
de Gobierno de Reconstrucción Nacional, en acuerdo posterior, por
un período fijo de dos años. Las personas así nombradas no podrán
ser destituidas arbitrariamente o sin causa justificada.
Artículo 2.-Se dejan sin efecto las disposiciones
transitorias contenidas en el Arto 9 del Decreto No. 438.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintidós días del mes de
septiembre de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad
Frente a la Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova
Rivas.
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