Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
-
CESE DE LA ACTIVIDAD JUDICIAL Y
SUSPENSION DE TERMINOS
Decreto No. 768 de 11 de julio de 1981
Publicado en La Gaceta No. 169 de 30 de julio de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
Considerando:
I
Que el Segundo Aniversario del Triunfo de la Revolución Popular
Sandinista, marca una etapa en el proceso de la consolidación
revolucionaria y tomando en cuenta el interés de todos los
nicaragüenses de participar plenamente en los actos de
conmemoración a realizarse en estos próximos días.
POR TANTO:
en uso de sus facultades,
Decreta:
La siguiente:
SUSPENSION DE LA ACTIVIDAD Y TERMINOS JUDICIALES
Artículo 1.-Se suspenden en el Territorio Nacional los
términos y toda actividad judicial durante los días comprendidos
del 12 al 20 de julio del año en curso inclusive; período en el
cual vacarán todos los Tribunales de Justicia de la
República.
Artículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de su publicación por cualquier medio de comunicación colectiva,
sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los once días del mes de julio de
mil novecientos ochenta y uno. "Año de la Defensa y la
Producción".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. Daniel Ortega Saavedra. Rafael Córdoba Rivas.
-