Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa, Municipal
Rango: Decretos Ejecutivos
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(CESE DE ESTADO DE EMERGENCIA EN
EL MUNICIPIO DE SAN SEBASTIAN DE YALÍ)
DECRETO No. 4-2006, Aprobado el 23 de Enero del 2006
Publicado en La Gaceta No. 21 del 30 de Enero del 2006
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la tormenta tropical y las copiosas lluvias originadas por la
onda tropical Número 47 ocasionaron deslizamientos de cerros en las
comunidades de El Gamalote, Las Guayabas, El Roble, Mal Paso, El
Bijagual, Chilares, Achiotes y casco urbano del municipio de San
Sebastián de Yalí, en el Departamento de Jinotega, que afectó a
numerosas familias que tuvieron que albergarle temporalmente en
refugios.
II
Que el Artículo 23 de la Ley 337, Ley Creadora del Sistema Nacional
para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED),
determina que el Presidente de la República decretará el cese del
Estado de Desastre una vez que la situación haya vuelto a la
normalidad.
En uso de las facultades que le
confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Arto 1.- Se declara el cese del Estado de Desastre Natural
en el Municipio de San Sebastián de Yalí, declarado por Decreto
73-2005, publicado en La Gaceta, Diario Oficial Número 202, del 19
de octubre de 2005.
Arto 2.- Las acciones emprendidas por los Ministerios de
Estado y Entes Descentralizados, en el área de su competencia, con
el objeto de remediar los efectos negativos producidos por el
colapso de las comunicaciones terrestres, la destrucción de
viviendas e infraestructura y las acciones dirigidas a rehabilitar
los servicios básicos, que a la fecha del presente Decreto se
encontrasen pendientes de ejecución, deberán finalizarse sin sufrir
interrupción alguna en la forma originalmente planificada.
Arto 3.- La Secretaría Ejecutiva del SINAPRED procederá a
preparar el Informe que se presentará a la Asamblea Nacional, en el
plazo de 45 días que estipula la Ley 337 en su Artículo 23.
Arto 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintitrés de
enero del año dos mil seis. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER,
Presidente de la República de Nicaragua.
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