Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Ejecutivos
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CANJE DE CERTIFICADO DE DEPÓSITO
ESPECIAL HASTA POR C$ 10,000.00
DECRETO No. 201, Aprobado el 12 de Diciembre de 1979
Publicado en La Gaceta No. 83 del 14 de Diciembre de 1979
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA
DE NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:Artículo 1.- Se autoriza entregar especies monetarias de
curso legal a los tenedores de Certificados de Depósito Especial
que amparen entrega de dinero desmonetizado hasta por la suma de
Diez Mil Córdobas (C$10,000.00), inclusive y que hubieren sido
objeto de resolución favorable por el Comité Especial a que se
refiere el Artículo 7 de la Ley de Defensa de la Moneda Nacional,
del veinticuatro de agosto de mil novecientos setenta y nueve, y
publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No. 12 del dieciocho de
septiembre de mil novecientos setenta y nueve.
Artículo 2.- La entrega será en las mismas Oficinas
Bancarias donde fueron depositados, a partir del día lunes
diecisiete de diciembre de mil novecientos setenta y nueve.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia desde
su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los doce días del mes de diciembre
de mil novecientos setenta y nueve. "Año de la Liberación
Nacional".
Junta de Gobierno de Reconstrucción Nacional. Sergio Ramírez
Mercado. - Alfonso Robelo Callejas. - Moisés Hassan Morales. -
Daniel Ortega Saavedra. - Violeta B. de Chamorro.
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