Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Ejecutivos
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(CAMPAÑA NACIONAL DE
ALFABETIZACIÓN POR TIEMPO INDEFINIDO)
No. 1, Aprobado el 30 de Abril de 1945
Publicado en La Gaceta No. 119 del 11 de Junio de 1945
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Considerando:
Que la diseminación de la mayor parte de los habitantes del
territorio nacional en pequeños núcleos rurales ha hecho que, al
igual que en casi todas las naciones hispano-americanas, la Escuela
Primaria no haya llegado a todas partes con la intensidad y
eficacia necesarias para proporcionar a todos los ciudadanos la
cultura elemental de las relaciones sociales.
Considerando:
Que si bien la situación geográfica apuntada no permite por ahora,
sobre todo entre la población adulta, resolver en pocos años tan
arduo problema cultural, si es posible mitigarlo mediante una
intensa campaña de alfabetización que cree entre la población
letrada el interés de enseñar y entre los habitantes iletrados el
deseo de aprender.
DECRETA:
Primero.- Se abre en todo el país, por tiempo indefinido,
una campaña de alfabetización que será iniciada y dirigida por la
Secretaría de Instrucción Pública con la colaboración de las
autoridades de la República, centros culturales, ciudadanos
letrados y población escolar.
Segundo.- La Secretaría de Instrucción Pública ordenará la
impresión de textos especiales para el aprendizaje de la lectura y
la escritura y los distribuirá en todos los centros de trabajo,
haciendas y medios rurales, en términos que presten servicio eficaz
en la campaña que se inicia.
Tercero.- La Secretaría de Instrucción Pública dictará las
disposiciones necesarias para el desarrollo del presente Decreto
con el fin de establecer la colaboración de centros culturales y
acordar premios en metálico o de otra clase a los ciudadanos y
escolares que se distingan por su participación en la obra
alfabetizadora.
Cuarto.- El presente Decreto surtirá efectos legales desde
su publicación en La Gaceta Diario Oficial.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 30 de Abril de
1945.- SOMOZA.- El Secretario de Estado en el Despacho de
Instrucción Pública, MARIANO FIALLOS.
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