Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Decretos Ejecutivos
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CAMBIOS DE NOMBRES EN SERVICIOS
ADUANEROS DE CONFORMIDAD
CON CÓDIGO ADUANERO UNIFORME CENTROAMERICANO
DECRETO No. 11, Aprobado el 19 de Mayo de 1967
Publicado en La Gaceta No. 122 del 03 de Junio de 1967
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
Considerando:
Que desde el día 10 de Abril del año en curso se encuentra en
vigencia el Código Aduanero Uniforme Centroamericano (CAUCA) y su
Reglamento (RECAUCA), de conformidad con el Decreto Ejecutivo No.
126 del 7 de Marzo de 1967, publicado en el No. 60 del Diario
Oficial, La Gaceta, del día 13 de ese mismo mes,
Considerando:
Que el Código Aduanero Uniforme Centroamericano y su Reglamento,
tienen establecida la organización aduanera con una denominación
diferente a la actual, y
Considerando:
Que siendo conveniente el cambio de nombres de los diferentes
cargos de la Dirección General de Aduanas, como lo establece la
Convención Centroamericana antes referida, y estando autorizado el
Poder Ejecutivo a verificar tales cambios por el Arto. 80 de la Ley
del Presupuesto General de Ingresos y Egresos, así como hacer los
convenientes traslados de personal.
Decreta:
Primero: Cámbiase a partir del día uno del próximo mes de
Junio, los siguientes nombres, sin alterarse en el Presupuesto
General de Ingresos y Egresos de la República, las asignaciones
señaladas para tales cargos y su codificación:
Departamento de Estudios y Control Arancelario en lugar de
Departamento de Glosa;
Jefe del Departamento de Estudios y Control Arancelario
(071306000111040) en lugar de Jefe de Glosa y Asesor;
Departamento de Supervisión en lugar de Auditoría y Caja;
Jefe del Departamento de Supervisión (071306000111018) en lugar de
Auditor General;
Departamento de Administración en lugar de Oficialía Mayor;
Asistente Ejecutivo (071306000111007) en lugar de Oficial Mayor y
Asistente Ejecutivo;
Sub-Asistente Ejecutivo (071306000111008) en lugar de Sub-Oficial
Mayor y Jefe del Personal;
Jefe Departamento de Vigilancia (071306000111004) en lugar de
Inspector de Aduanas;
Dirección General de Aduanas en lugar de Recaudación General de
Aduanas;
Segundo: Los anteriores cambios se hacen mientras llega el
momento de incorporarlos directamente en el siguiente Presupuesto
General de Ingresos y Egresos de la República.
Comuníquese: Casa Presidencial. Managua, D. N., 19 de Mayo de 1967.
Año Rubén Darío. - (f) A. SOMOZA D., Presidente de la
República. - (f) General Gustavo Montiel, Ministro de Estado
en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
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