Autorízase Resello Y Perforación De Timbres Fiscales " Año 1978"

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Telecomunicaciones Rango: Decretos Ejecutivos - AUTORÍZASE RESELLO Y PERFORACIÓN DE TIMBRES FISCALES " AÑO 1978" DECRETO No. 42, Aprobado el 09 de Noviembre de 1978 Publicado en La Gaceta No. 259 del 16 de Noviembre de 1978 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA En uso de las facultades, Considerando: Que el Señor Director General de Ingresos en nota del 3 de noviembre del corriente año, ha solicitado autorización para que se lleve a cabo un resello y perforación adicional de Timbres Fiscales con la leyenda "AÑO 1978", Considerando: Que las existencias de Timbres Fiscales en el Almacén General de Especies Fiscales, han disminuido de forma considerable, por aumento en la demanda. Decreta: Artículo 1.- Resellar y Perforar 470.000 Timbres Fiscales con la leyenda "AÑO 1978", con un valor total de Cuatrocientos mil Córdobas Netos (C$ 400,000.00) así: Denominación Facial Cantidad de Timbres Valor Total C$ 0.50 c/u. 400.000 C$ 200.000.00  2.00  50.000  100, 000.00  5.00  20.000  100,000.00 470.000 C$ 400,000.00 Artículo 2.- El Resello y Perforación será hecho en los Talleres de Lithodisco S.A., en tinta de color negro de alta calidad bajo la vigilancia de una Comisión integrada por Delegados de este Ministerio del Tribunal de Cuentas y de la Dirección General de Ingresos. Comuníquese. Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, a los nueve días del mes de Noviembre de mil novecientos setenta y ocho.- (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Samuel Genie A ., Ministro de Hacienda". -