Autorízase Impresión Y Circulación De Emisión De Sellos Postales "copa Mundial De Foot Ball - 1978"

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Telecomunicaciones Rango: Decretos Ejecutivos - AUTORÍZASE IMPRESIÓN Y CIRCULACIÓN DE EMISIÓN DE SELLOS POSTALES "COPA MUNDIAL DE FOOTBALL - 1978" Decreto No. 22 de 26 de mayo de 1978 Publicado en La Gaceta No. 131 de 15 junio de 1978 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, en uso de sus facultades y, Considerando: Las necesidades postales y filatélicas del presente año, Decreta: Artículo 1.- Autorizar la impresión y circulación de una emisión de sellos postales con motivo de los juegos internacionales de la "Copa Mundial de FootBall - 1978" que se efectuarán en la República de Argentina. Artículo 2.- Esta misión consta de cuatro (4) estampillas y una (1) hojita miniatura con diseños alusivos a dichos eventos. Artículo 3.- El tiraje de esta emisión es de Seiscientos Sesenta Mil (660.000.00) estampillas perforadas en todos sus contornos, con valor facial total de Setecientos Veinte y Nueve Mil Doscientos Cincuenta Córdobas netos (C$ 729.250.00),y de Once Mil (11.000) hojitas miniaturas con valor facial total de Doscientos Veinte Mil Córdobas netos (C$220.000.00) distribuidos en los valores y cantidades siguientes: 215.000 estampillas de 20 centavos C$ 43.000.00 215.000 estampillas de 25 centavos C$ 53.750.00 115.000 estampillas de 50 centavos C$ 57.500.00 115.000 estampillas de 5.00 centavos C$ 575.000.00 Total:660.000 Total:C$ 729.250.00 11.000 H. M. Perforadas 20.00 Córdobas C$220.000.00 Artículo 4.- Los sellos de esta emisión serán de la designación "Aéreo" y podrán usarse indistintamente para el franqueo de correspondencia ordinaria, y se distribuirán de la manera siguiente: Telcor recibirá Seiscientos Mil (600.000) estampillas; Oficina Filatélica recibirá Veinte Mil (20.000) estampillas y Un Mil (1.000) hojitas miniatura y la Inter-Governmental Philatelic Corporation, New York, N.Y., recibirá Cuarenta Mil (40.000) estampillas y Diez Mil (10.000) hojitas miniatura, conforme el siguiente detalle: TELCOR 200.000 estampillas de 20 centavos C$40.000.00 200.000 estampillas de 25 centavos C$50.000.00 100.000 estampillas de 50 centavos C$50.000.00 100.000 estampillas de 5.00 Córdobas C$500.000.00 Total: 600.000 Total:C$640.000.00 OFICINA FILATÉLICA 5.000 estampillas de 20 centavos C$1.000.00 5.000 estampillas de 25 centavos C$1.250.00 5.000 estampillas de 50 centavos C$2.500.00 5.000 estampillas de 5.00 Córdobas C$25.000.00 Total: 20.000 Total:C$29.750.00 1.000 H. M. Perforadas 20.00 Córdobas C$20.000.00 I. G. P. C., NEW YORK 10.000 estampillas de 20 centavos C$2.000.00 10.000 estampillas de 25 centavos C$2.500.00 10.000 estampillas de 50 centavos C$5.000.00 10.000 estampillas de 5.00 Córdobas C$50.000.00 Total: 40.000 Total: C$59.500.00 10.000 H. M. Perforadas 20.00 Córdobas C$200.000.00 Artículo 5.- El costo de impresión, diseño y gastos de transporte y seguro serán asumidos en parte proporcional a la cantidad de estampillas que les corresponda, por Telcor y el Ministerio de Hacienda y C. P. Artículo 6.- La impresión de estas estampillas será mediante el procedimiento de Litho-Offset, en los colores que sean necesarios y llevarán las leyendas usuales y de rigor. Artículo 7.- Este Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los veintiséis días del mes de mayo de mil novecientos setenta y ocho.- (f) A: SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Samuel Genie A., Ministro de Hacienda y C. P.". -