Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Decretos Ejecutivos
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AUTORIZASE IMPRESIÓN DE CUATRO
MILLONES DE SELLOS
Decreto Ejecutivo No.15 Aprobado el 24 de Mayo 1963
Publicada en La Gaceta No. 228 del 6 de octubre de 1964
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
Considerando:
Que Nicaragua se sumó a los altos propósitos consignados en la
Alianza para el Progreso como esfuerzo conjunto de los 19 países
Latinoamericanos y que proyectara con visión trascendental del
Gobernante de los Estados Unidos de América, John F. Kennedy, con
el fin de alcanzar el máximo de oportunidades para todos en cuanto
a precisiones sociales y realizaciones democrática;
Considerando:
Que se impone por tan altos ideales el gesto histórico del
reconocimiento cumplido a tan trascendental conquista, mediante la
Emisió ;n de Sellos Postales Conmemorativos,
Decreta:
Artículo 1º.- Se autoriza la impresión de Cuatro Millones
(4,000.00) de sellos para el Año Fiscal 1963/1964 como un homenaje
a la Alianza para el Progreso y cuyo nombre llevará la Emisión.
Artículo 2º.- Todos los sellos serán de la denominación
Aéreo y Comprenden un valor Fiscal, total de Novecientos Mil
Córdobas (C$900,000.00) conforme la especificación que abajo se
detalla:
Cantidad Valor Motivos
500.000 C$ 0.5 Diseños con Alusiones a la Alianza
500.000 0.10 para el Progreso que serán suministrados
500.000 0.15 a los interesados por la Oficina de Control
500.000 0.20 de Especies Postales y Filatelia.
500.000 0.25
500.000 0.30
500.000 0.35
500.000 0.40
Artículo 3º.- La impresión de estos sellos se hará por
cualquiera de los procedimientos que brinden adecuado margen de
seguridad y éxito.
Artículo 4º.- Este Decreto comenzará a regir desde su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Casa Presidencial.- Managua, D.N., a los veinticuatro
días del mes de Mayo de mil novecientos sesenta y tres.- (f)
RENE SCHICK, Presidente de la República. (f) Gustavo A. Guerrero,
Vice-Ministro de Hacienda y C.P.
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