Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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AUTORIZASE AUMENTO DE TARIFA EN
CIERTAS EMPRESAS PUBLICAS
DECRETO No. 7-L-MEIC, Aprobado el 21 de Abril de 1979
Publicado en La Gaceta No. 87 del 21 de Abril de 1979
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
en uso de las facultades delegadas a que se refieren los Artículos
150 y 190, inciso 9) Cn. y con fundamento en el Decreto Legislativo
No. 771 de 2 de abril de 1979, publicado en "La Gaceta ", Diario
Oficial No. 82 del 6 de abril de 1979 y el Decreto Legislativo No.
726 del 8 de septiembre de 1978, publicado en "La Gaceta", Diario
Oficial No. 204 del 9 de septiembre del citado año.
DECRETA:Artículo 1.- Las empresas de servicio público en los ramos
de Energía Eléctrica; Telecomunicaciones y Correos; y Agua Potable,
quedan autorizadas a incrementar sus tarifas vigentes a esta fecha,
de conformidad con el siguiente detalle:
Energía Eléctrica: hasta un promedio del 30%;
Telecomunicaciones y Correos: hasta un promedio del 25%;
Agua Potable: hasta un promedio del 23%.
Artículo 2.- Este Decreto entrará en vigor a partir del
primero de mayo de mil novecientos setenta y nueve y deberá
publicarse en "La Gaceta", Diario Oficial.
Comuníquese.- Casa Presidencial.- Managua, Distrito Nacional, a los
veintiún días del mes de abril de mil novecientos setenta y nueve.-
(f) A. SOMOZA, Presidente de la República.- (f) Róger
Blandón Velásquez, Ministro de Economía, Industria y
Comercio".
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