"autorización Para Incluir En El Programa De Emisiones De Especies Postales Y Filatélicas Para 1986: La Edición "x" Aniversario De La Caída En Combate Del Jefe De La Revolucioó Popular Sandinista Comandante Carlos Fonseca Amador"
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Telecomunicaciones
Rango: Decretos Ejecutivos
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"AUTORIZACIÓN PARA INCLUIR EN EL
PROGRAMA DE EMISIONES DE ESPECIES POSTALES Y FILATÉLICAS PARA 1986:
LA EDICIÓN "X" ANIVERSARIO DE LA CAÍDA EN COMBATE DEL JEFE DE LA
REVOLUCIÓN POPULAR SANDINISTA COMANDANTE CARLOS FONSECA
AMADOR"
DECRETO No. 232, del 28 de Agosto de 1986
Publicado en La Gaceta No. 240 del 3 de Noviembre de 1986
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Considerando
I
Que en el presente año se conmemora el X ANIVERSARIO DE LA CAÍDA EN
COMBATE-DEL JEFE DE LA REVOLUCIÓN POPULAR SANDINISTA, COMANDANTE
CARLOS FONSECA AMADOR, Miembro, Fundador de nuestra Vanguardia, el
Frente Sandinista de liberación Nacional, el cual se enmarca en la
jornada del 25 ANIVERSARIO DE LA FUNDACIÓN DEL FSLN.
II
Que la voluntad de lucha heredada por el Comandante en Jefe de la
Revolución Popular Sandinista Carlos Fonseca Amador es ejemplo que
perdura y se acrecienta cada día en aquellos pueblos que luchan por
librarse del yugo opresor de Imperialismo.
Por Tanto
En uso de sus facultades,
DECRETA
La siguiente,
"AUTORIZACIÓN
PARA INCLUIR EN EL PROGRAMA DE EMISIONES DE ESPECIES POSTALES Y
FILATÉLICAS PARA 1986: LA EDICIÓN "X" ANIVERSARIO DE LA CAÍDA EN
COMBATE DEL JEFE DE LA REVOLUCIÓN POPULAR SANDINISTA COMANDANTE
CARLOS FONSECA AMADOR".
Artículo 1.- Inclúyase en el Programa de Emisiones para el
año 1986, aprobada mediante Decreto No. 135 del 4 de Noviembre de
1985 y publicado en "La Gaceta", Diario Oficial, No. 218 del 13 de
Noviembre de 1985 la Edición de la Emisión denominada "X
ANIVERSARIO DE LA CAÍDA EN COMBATE DEL JEFE DE LA REVOLUCIÓN
POPULAR SANDINISTA COMANDANTE CARLOS FONSECA AMADOR".
Artículo 2.- Se autoriza al Ministro del Instituto,
Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR) para
que ordene la impresión y circulación de la Emisión Postal anterior
señalándose como primer día de circulación el 8 de Noviembre del
año en curso.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de
Octubre de mil novecientos ochenta y seis. "A 25 Años, Todas las
Armas contra la Agresión".
DANIEL ORTEGA
SAAVEDRA,
Presidente.
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