Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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AUTORIZACION DE EMISION Y
CIRCULACION DE BOLETAS UNICAS
Decreto Ejecutivo No.10 Aprobado el 8 de Octubre de
1964
Publicado en La Gaceta del 234 del 14 de Octubre de 1964
No.10
EL PRESEIDENTE DE LA REPUBLICA
En uso de sus facultades, y de acuerdo con el Decreto Ejecutivo de
4 de Noviembre de 1939, Arto. 2 y Reglamento del Catálogo Oficial
de Ingresos Fiscales y de la Boleta Unica de Entero, de 27 de
Noviembre del mismo añ ;o, emitido por el Ministerio de Hacienda y
Crédito Público.
Decreta:
Autorizar la emisión y circulación de la serie F No.0000001 al
1.000 000, del recibo oficial del Gobierno de Nicaragua, denominado
Boleta Unica de Entero, para la recaudación de todo ingresos
fiscal, salvo los sujetos a leyes reglamentarias especiales.
Dado en Casa Presidencial. Managua, D.N. a los ocho días del mes
de Octubre de mil novecientos sesenta y cuatro. (f) RENE SCHICK,
Presidente de la República. (f) Ramiro Sacasa Guerrero, Ministro de
Hacienda y Crédito Público.
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