Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Ejecutivos
-
AUTORIZACION A LAS INSTITUCIONES
DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL
DECRETO No. 1315, Aprobado el 08 de Septiembre de 1983
Publicado en La Gaceta No. 211 del 16 de Septiembre de 1983
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Autorízase a las Instituciones integrantes del
Sistema Bancario Financiero Nacional a pagar en dólares los
intereses pactados por depósitos en esa moneda, ya sean de ahorro o
a plazo. Esta disposición sólo es aplicable a los depósitos
recibidos después de la vigencia de la presente Ley.
Artículo 2.- El presente Decreto entrará en vigencia desde
la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial,
Dado en la ciudad de Managua, a los ocho días del mes de Septiembre
de mil novecientos ochenta y tres.- "Año de Lucha por la Paz y la
Soberanía".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL.- Daniel Ortega
Saavedra.- Rafael Córdova Rivas.
-