Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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AUTORIZACE ELABORACIÓN DE
PARTIDAS ASIGNADAS A DEPENDENCIAS GUBERNAMENTALES EN
PROYECTOS DE LEY DE PRESUPUESTO PARA 1973
Decreto No. 2 de 16 de Enero de 1973
Publicado en La Gaceta No. 9 de 17 de Enero de 1973
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
En uso de las facultades que le confiere el Inc. 3 del Arto. 195
Cn. y el Arto. 259 Cn. que pone en vigencia el
Proyecto de Ley de Presupuesto para 1973,
Decreta:
Artículo 1.- Autorízase al Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, para que, por conducto de la Dirección General de
Presupuesto, elabore el detalle que corresponde, a las partidas
asignadas a los Programas de cada Dependencia Gubernamental en el
Proyecto de Ley de Presupuesto, para su ejecución en el año 1973,
por Grupos y Sub- Grupos.
Artículo 2.- El detalle antes mencionado, estará sujeto a
los sistemas de codificación y clasificaciones establecidas y en
uso, por la Dirección General del Presupuesto para su control
administrativo.
Artículo 3.- Las partidas presupuestarias, una vez
codificadas y clasificadas se agruparán en Presupuestos Ejecutivos,
a los cuales se imputará todo Egreso Gubernamental.
Artículo 4.- El presente Decreto surtirá sus efectos a
partir de la fecha en que entra en vigencia el Proyecto de Ley de
Presupuesto para 1973.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los
dieciséis días del mes de Enero de mil novecientos setenta y tres.
JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO. -(f) R. MARTÍNEZ L. - (f) F. AGÜERO
R. - (f) A. LOVO CORDERO. Doy fe: (f) C.H. Hüeck, Secretario.
(f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C.P.".
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