Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Ejecutivos
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"APRUÉBASE RESOLUCIÓN DEL
CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL
SOBRE IMPRESIÓN DE BILLETES CÓRDOBAS
DECRETO No. 73-MEIC. Aprobado el 27 de Abril de 1972.
Publicado en La Gaceta No. 108 del 17 de Mayo de 1972.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de las facultades legales pertinentes,
DECRETA:
Artículo 1.- Aprobar la Resolución No. CD-12-B-72 del
Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, de fecha 20 de
Abril del corriente año, que literalmente dice:
No. CD-12-B-72 - EL CONSEJO DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL DE
NICARAGUA, con base en la facultad que le concede el Art. 12,
numeral 7, de la Ley Orgánica de la Institución,
RESUELVE:
Previa aprobación del Poder Ejecutivo en el ramo de Economía y
obtenida la cotización correspondiente, autorizar a la
Administración del Banco Central de Nicaragua para que, con
sujeción a lo que establecen los Artos. 10 y 11 de la Ley
Monetaria, proceda a una nueva impresión de billetes Córdobas hasta
por un total de Cuarenta y Tres Millones Quinientas Cincuenta Mil
Formas (43.550.000) de Serie "C", con valor total facial de
Trescientos Noventa y Cinco Millones de Córdobas (C$
395.000.000.00) en las siguientes cantidades y denominaciones:
_______________________________________________________________
Cantidad de Valores
_______________________________________________________________
Formas Denominaciones Faciales
_______________________________________________________________
25,000.000 de C$ 2.00 C$ 50,000.000.00
7,000.000 5.00 35,000.000.00
8,000.000 10.00 80,000.000.00
1,500.000 20.00 30,000.000.00
500.000 50.00 25,000.000.00
1,500.000 100.00 150,000.000.00
50.000 500.00
25,000.000.00
43,550.000 TOTALES
395,000.000.00Dimensiones: Largo 156 milímetros: Ancho, 67 milímetros.
Leyendas: Anverso: Parte superior del billete: "Banco
Central de Nicaragua". Mostrará también una efigie, dibujo o
alegoría y la correspondiente denominación en números y debajo de
ésta, en letras, para cada forma. Parte inferior del billete:
Resolución del Consejo Directivo del Banco Central de Nicaragua, de
20 de Abril de 1972. Decreto Ejecutivo No. 73-MEIC de 27 de Abril
de 1972.
Reverso: Parte superior del billete: "Banco Central de
Nicaragua". Ostentará una efigie, dibujo o alegoría, lo mismo que
la correspondiente denominación en números por cada forma.
Firmas: Todas estas formas llevarán impresas las leyendas
legales que autoricen su impresión, lo mismo que las firmas del
General de División Anastasio Somoza Debayle, con el título:
"Presidente de la República", la del Doctor Roberto Incer Barquero,
con el título "Presidente del Banco Central de Nicaragua" y la del
Licenciado Rodolfo Bojorge Moreira, con el título: "Gerente del
Banco Central de Nicaragua", y solamente la forma de Dos Córdobas
(C$ 2.00) traerá impresas del exterior las tres firmas que
autorizan su circulación.
Numeración y Serie: Las formas presentarán en su anverso
la numeración doble de su registro colocada en forma diagonal, en
los extremos inferior izquierdo y superior derecho. Serie: La Serie
para todas las formas será: SERIE "C", impresa en el anverso y en
forma diagonal superior izquierda e inferior derecha.
Los colores de los billetes serán iguales para el anverso y
reverso en cada una de las siete denominaciones, las que se
distinguirán de la siguiente manera:
De C$ 2.00. -El color de fondo será verde olivo. En su anverso
aparecerá el dibujo del Banco Central de Nicaragua con su nombre al
pie. Dentro del marco del billete llevará impreso un número " 2" y
debajo de éste, la frase DOS CÓRDOBAS. En las cuatro esquinas, en
tamaño más pequeño un número " 2". La numeración doble de su
registro comenzará con el 00000001, hasta completar el total de
formas de su denominación; o sea hasta 25.000.000. En el reverso,
mostrará un sembradío de algodón. Igual que en el anverso llevará
un número " 2", lo mismo que en las cuatro esquinas, en menor
tamaño.
De C$ 5.00. -El color de fondo será verde claro. En su anverso
mostrará la efigie del Cacique Nicarao, con su nombre al pie.
Dentro del marco del billete llevará impreso un número "5" y debajo
de éste, la frase CINCO CÓRDOBAS. En las cuatro esquinas y en
tamaño más pequeño, un número "5". La numeración doble de su
registro comenzará con el 0000001; hasta completar el total de
formas de su denominación, o sea hasta 7.000.000. En el reverso
ostentará como alegoría la figura de un trabajador, con su nombre
al pie. Igual que en el anverso llevará un número "5", lo mismo que
en las cuatro esquinas, en menor tamaño.
De C$ 10.00. -El color de fondo será rojo. En su anverso
mostrará la efigie de Andrés Castro, con su nombre al pie. Dentro
del marco del billete llevará impreso un número "10" y debajo de
éste, la frase DIEZ CÓRDOBAS. En las cuatro esquinas, en tamaño más
pequeño un número "10". La numeración doble de su registro
comenzará con el 0000001, hasta completar el total de formas de su
denominación, o sea hasta 8.000.000. En el reverso, ostentará la
Casa Hacienda "San Jacinto" con su nombre al pie. Igual que en el
anverso mostrará un número "10", lo mismo que en las cuatro
esquinas, en menor tamaño.
De C$ 20.00. -El color de fondo será anaranjado. En su anverso
mostrará a Rafaela Herrera, con su nombre al pie. Dentro del marco
del billete llevará impreso un número "20" y debajo de éste, la
frase VEINTE CÓRDOBAS. En las cuatro esquinas, en tamaño más
pequeño, un número "20". La numeración doble de su registro
comenzará con el 0000001, hasta completar el total de formas de su
denominación, o sea hasta 1,500.000. En su reverso mostrará el acto
del canje de ratificación de la Abrogación del Tratado
Chamorro-Bryan, con su leyenda al pie. Igual que en el anverso
mostrará un número "20", lo mismo que en las cuatro esquinas, en
menor tamaño.
De C$ 50.00. -El color de fondo será lila púrpura. En su anverso
mostrará la efigie de Máximo Jerez, con su nombre al pie. Dentro
del marco del billete llevará impreso un número " 50" y debajo de
éste, la frase CINCUENTA CÓRDOBAS. En las cuatro esquinas, en
tamaño más pequeño, un número "50". La numeración doble de su
registro comenzará con el 000001, hasta completar el total de
formas de su denominación, o sea hasta 500,000. En el reverso
mostrará un tema sobre ganadería con su nombre al pie. Igual que en
el anverso mostrará un número "50", lo mismo que en las cuatro
esquinas, en menor tamaño.
De C$ 100.00. -El color de fondo, será púrpura. En su anverso,
ostentará la efigie de José Dolores Estrada, con su nombre al pie.
Dentro del marco del billete llevará impreso un número "100" al
centro y debajo de éste, la frase CIEN CÓRDOBAS; en las cuatro
esquinas, en tamaño más pequeño, el número "100". La numeración
doble de su registro comenzará con el 0000001, hasta completar el
total de formas de su denominación, o sea hasta 1,500.000. En el
reverso, mostrará la Flor Nacional (Sacuanjoche) con su leyenda al
pie. Igual que en el anverso mostrará un número "100", lo mismo en
las cuatro esquinas, en menor tamaño.
De C$ 500.00. -El color de fondo será negro. En su anverso,
mostrará la efigie de Rubén Darío, con su nombre al pie. Dentro del
marco del billete llevará impreso un número " 500" y debajo de éste
la frase QUINIENTOS CÓRDOBAS. En las cuatro esquinas, en tamaño más
pequeño, el número "500". La numeración doble de su registro
comenzará con el 00001, hasta completar el total de formas de su
denominación, o sea hasta 50,000. En su reverso mostrará una vista
del Teatro Nacional Rubén Darío, con su nombre al pie. Igual que en
el anverso mostrará un número "500", lo mismo que en las cuatro
esquinas, en menor tamaño.
Artículo 2.- El presente Decreto surte sus efectos desde
el día de hoy y deberá ; de publicarse en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Dado en Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional,
veintisiete de Abril de mil novecientos setenta y dos. - A.
SOMOZA.- Presidente de la República. JUAN JOSÉ MARTÍNEZ
L.- Ministro de Economía, Industria y Comercio.
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