Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Ejecutivos
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APRUÉBASE RESOLUCIÓN DEL CONSEJO
DIRECTIVO DEL BANCO CENTRAL DE NICARAGUA RELATIVO A MODIFICACIÓN DE
MONEDAS
Decreto No. 142-MEIC de 15 de marzo de 1975
Publicado en La Gaceta No. 69 de 1 de abril de 1975
El Presidente de la República,
en uso de la facultades que le confiere el Artículo 14 de la Ley
Monetaria Vigente,
Decreta:
Primero : Apruébase la Resolución CD-6A-75 del Consejo
Directivo del Banco Central de Nicaragua, por la cual se dispuso
que en la acuñación de monedas de aluminio de 10 y de 5 centavos,
que fue autorizada por Decreto No. 94-MEIC del 18 de junio de 1974,
se modifique parcialmente el diseño del anverso de Cuatro Millones
(4,000,000) de ellas, Dos Millones (2,000,000) de 10 centavos y Dos
Millones (2,000,000) de 5 centavos; modificación que consistirá en
grabar en dicho anverso la leyenda "Produzcamos Más
Alimentos".
Segundo: Apruébase asimismo que la mitad de la moneda así
modificada de cada denominación sean vendidas por precio de su
valor facial, a la Organización de las Naciones Unidas para la
Agricultura y la Alimentación (FAO).
Tercero: El Presente Decreto entrará en vigor desde la fecha
de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Comuníquese.- Casa Presidencial. Managua, Distrito Nacional, a los
quince días del mes de marzo de mil novecientos setenta y cinco.-
(f) A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) Juan
José Martínez L., Ministro de Economía, Industria y
Comercio.
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