Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Ejecutivos
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APRUÉBASE PRESUPUESTO GENERAL DE
INGRESOS Y EGRESOS DE ENTES AUTÓNOMOS O SERVICIOS
DESCENTRALIZADOS AÑO 1977
Decreto No. 66 de 22 de Diciembre de 1976
Publicado en La Gaceta No. 21 de 26 de Enero de 1977
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
En uso de las facultades que le concede el Decreto Ejecutivo
dictado en Consejo de Ministros No. 330 del 14
de Abril de 1972 y su reglamento.
Decreta:
Arto. 1.- Apruébase el Presupuesto General de Ingresos y
Egresos de los Entes Autónomos o Servicios Descentralizados para el
año 1977, conforme el siguiente detalle por institución:
Nota: Ver tabla en La Gaceta No. 21 de 26 de Enero de 1977
Arto. 2.- La ejecución de estos presupuestos deberá
ajustarse a las cantidades autorizadas y a los lineamientos de
política económica del Gobierno.
Arto. 3.- La publicación de los Presupuestos Generales de
Ingresos y Egresos que se aprueban en el Arto. 1.- de este Decreto
aparecen formando parte informativa de la Ley de Presupuesto de la
República aprobada en Decreto No. 600 del 17 de Diciembre de
1976.
Arto. 4.- El presente Decreto surtirá sus efectos a partir
del uno de Enero de mil novecientos setenta y siete.
Dado en Casa Presidencia, Managua, Distrito Nacional, a los
veintidós días del mes de Diciembre de mil novecientos setenta y
seis.- (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f)
Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C.P.
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