Aprobación Y Ratificación Del Convenio De Cooperación Económica Y Comercial Entre Nicaragua Y Colombia

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN DEL CONVENIO DE COOPERACIÓN ECONÓMICA Y COMERCIAL ENTRE NICARAGUA Y COLOMBIA DECRETO No. 1253. Aprobado el 18 de Mayo de 1983 Publicado en La Gaceta No. 122 del 28 de Mayo de 1983 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA CONSIDERANDO: Que el día 14 de Abril en curso el Ministro del Exterior, Padre Miguel DEscoto Brockmann, suscribió en la ciudad de Bogotá con el Señor Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia, Doctor Rodrigo Lloreda Caicedo, un Convenio de Cooperación Económica y Comercial entre los dos países, mediante el cual se vendrán a estrechar e incrementar las relaciones económicas y comerciales para beneficio de sus pueblos. POR TANTO: En uso de sus facultades, DECRETA: Artículo 1.- Aprobar y ratificar el Convenio de Cooperación Económica y Comercial entre el Gobierno de la República de Nicaragua y el Gobierno de la República de Colombia, suscrito en la ciudad de Bogotá el 14 de Abril de 1983. Artículo 2.- Expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para proceder a su canje, de conformidad con el artículo XII del Convenio. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los dieciocho días del mes de Mayo de mil novecientos ochenta y tres. "Año de Lucha por la Paz y la Soberanía". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. - DANIEL ORTEGA SAAVEDRA. - SERGIO RAMÍREZ MERCADO. - RAFAEL CÓRDOVA RIVAS. -