Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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APROBACION Y RATIFICACION DE
CONVENIO COMERCIAL ENTRE EL G.R.N. Y LA REPUBLICA POPULAR DE
HUNGRIA
Decreto No. 972 de 11 de febrero de 1982
Publicado en La Gaceta No. 42 de 20 de febrero de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
Considerando:
I
Que el Ministro de Desarrollo Agropecuario y Reforma Agraria,
Comandante Jaime Wheelock Román, suscribió en Budapest el 6 de
diciembre de 1980, con el Ministro de Comercio Exterior de Hungría,
Peter Veress, un Convenio Comercial entre los dos países.
II
Que dicho Convenio celebrado en base al respeto de los principios
de independencia y soberanía, de no injerencia en los asuntos
internos, de igualdad de derechos y de mutuo beneficio, tiende a
ampliar y diversificar los mercados tradicionales que permitirá
incrementar la producción de manera más efectiva a los intereses
nacionales.
III
Que siendo los dos países miembros contratantes del Acuerdo General
sobre Aranceles Aduaneros y Comercio, se otorgan mutuamente el
tratamiento de la nación más favorecida en todas cuestiones
relacionadas con el comercio bilateral, con excepción dé los
privilegios concedidos a los países limítrofes o por ser parte de
uniones o comunidades de países.
POR TANTO:
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.-Aprobar y ratificar el Convenio Comercial
celebrado entre el Gobierno de Reconstrucción Nacional de la
República de Nicaragua y el Gobierno de la República Popular de
Hungría, en Budapest el 6 de diciembre de 1980.
Artículo 2.-Comunicar dicha aprobación por medio del
Ministerio del Exterior, al Ilustrado Gobierno de Hungría.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigor a partir de
la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los once días del mes de febrero de
mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la
Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Daniel Ortega
Saavedra. - Sergio Ramírez Mercado. - Rafael Córdova
Rivas.
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