Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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APROBACIÓN Y RATIFICACIÓN
CONVENIO ENTRE NICARAGUA Y LA U.R.S.S.
Decreto No. 1072 de 8 de junio de 1982
Publicado en La Gaceta No. 166 de 16 de julio de 1982
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
Considerando:
I
Que el 5 de mayo de 1982 el Comandante de la Revolución Henry Ruiz,
Ministro de Planificación, suscribió en la ciudad de Moscú con el
Representante del Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas
Soviéticas, el Convenio sobre el Desarrollo Ulterior de la
Colaboración Económica y Técnica.
II
Que dicho Convenio se encuentra enmarcado en el Convenio de
Cooperación Económica y Técnica del 19 de marzo de 1980, entre
Nicaragua y la Unión Soviética vigente entre los dos países, en
base al respeto mutuo a la soberanía, igualdad de derechos y no
intervención.
POR TANTO:
en uso de. sus facultades
Decreta:Artículo 1.-Aprobar y ratificar el Convenio sobre el
Desarrollo Ulterior de la Colaboración Económica y Técnica, entre
el Gobierno de Reconstrucción Nacional de la República de Nicaragua
y el Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas,
suscrito en Moscú el 5 de mayo de 1982.
Artículo 2.-Comunicar por medio del Ministerio del Exterior
al Ilustrado Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas
Soviéticas, la aprobación y ratificación del Convenio.
Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia a partir
de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los ocho días del mes de junio de
mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la
Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova
Rivas.
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