Aprobacion Reforma A Estatutos De Cocesna

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - APROBACIÓN REFORMA A ESTATUTOS DE COCESNA Decreto No. 34-92. Aprobado 10 de Junio de 1992 Publicado en La Gaceta No. 122 de 26 de Junio de 1992 El Presidente de la República de Nicaragua, Considerando: I Que el Consejo Directivo de la Corporación Centroamericana de Servicios de Navegación Aérea (COCESNA), en su Vigésima Sexta Reunión Extraordinaria, celebrada en Tegucigalpa, Honduras, el 16 de Noviembre de 1990, resolvió modificar los Estatutos de este Organismo Internacional. II Que dicha modificación estatutaria tiene su fundamentación en el Artículo 26 del Convenio Constitutivo de COCESNA, del cual forma parte Nicaragua, al haber depositado el 26 de Octubre de 1960 el Instrumento de Ratificación, en la Organización de Aviación Civil Internacional. III Que COCESNA es un Organismo Internacional de Integración Centroamericana, uno de cuyos objetivos es la seguridad de la aviación civil regional. Por tanto: En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política, Ha Dictado: El siguiente Decreto de: APROBACIÓN REFORMA A ESTATUTOS DE COCESNA Artículo 1.- Aprobar la Modificación de los Estatutos de la CORPORACIÓN CENTROAMERICANA DE SERVICIOS DE NAVEGACIÓN ÁEREA (COCESNA), suscrita por los miembros representantes del Consejo Directivo de dicha Corporación, en Tegucigalpa, Honduras, el 16 de Noviembre de 1990. Artículo 2.- Comunicar su aprobación a los Gobiernos de las Repúblicas Centroamericanas. Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los diez días del mes de Junio de mil novecientos noventa y dos.- VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA -