Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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APROBACIÓN REFORMA A ESTATUTOS
DE COCESNA
Decreto No. 34-92. Aprobado 10 de Junio de 1992
Publicado en La Gaceta No. 122 de 26 de Junio de 1992
El Presidente de la República de Nicaragua,
Considerando:
I
Que el Consejo Directivo de la Corporación Centroamericana de
Servicios de Navegación Aérea (COCESNA), en su Vigésima Sexta
Reunión Extraordinaria, celebrada en Tegucigalpa, Honduras, el 16
de Noviembre de 1990, resolvió modificar los Estatutos de este
Organismo Internacional.
II
Que dicha modificación estatutaria tiene su fundamentación en el
Artículo 26 del Convenio Constitutivo de COCESNA, del cual forma
parte Nicaragua, al haber depositado el 26 de Octubre de 1960 el
Instrumento de Ratificación, en la Organización de Aviación Civil
Internacional.
III
Que COCESNA es un Organismo Internacional de Integración
Centroamericana, uno de cuyos objetivos es la seguridad de la
aviación civil regional.
Por tanto:
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
Ha Dictado:
El siguiente Decreto
de:
APROBACIÓN REFORMA A ESTATUTOS DE COCESNA
Artículo 1.- Aprobar la Modificación de los Estatutos de la
CORPORACIÓN CENTROAMERICANA DE SERVICIOS DE NAVEGACIÓN ÁEREA
(COCESNA), suscrita por los miembros representantes del Consejo
Directivo de dicha Corporación, en Tegucigalpa, Honduras, el 16 de
Noviembre de 1990.
Artículo 2.- Comunicar su aprobación a los Gobiernos de las
Repúblicas Centroamericanas.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los diez
días del mes de Junio de mil novecientos noventa y dos.- VIOLETA
BARRIOS DE CHAMORRO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
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