Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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(APROBACIÓN DEL CONVENIO DE
CRÉDITO CON LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE FOMENTO)
DECRETO No. 77-2000, Aprobado el 1 de Septiembre del
2000
Publicado en La Gaceta No. 169 del 6 de Septiembre del 2000
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Asamblea Nacional recibió el Proyecto de Decreto de
Aprobación del Convenio de Crédito de Fomento No.3344-NI, el día
veintiséis de Junio de dos mil, para su aprobación de acuerdo a lo
establecido en el numeral doce del artículo 138 de nuestra
Constitución Política de conformidad con la razón de recibido
puesta en la nota de remisión de dicha iniciativa.
II
Que la atribución concedida en nuestra Carta Magna a la Asamblea
Nacional de aprobar o rechazar los tratados, convenios, pactos,
acuerdos y contratos internacionales, se le ha otorgado con el fin
de garantizar al país que los compromisos internacionales sean
debatidos públicamente por las fuerzas políticas económicas y
sociales de la Nación representadas en ese Poder del Estado.
III
Que ha transcurrido el plazo señalado en la Constitución Política
de acuerdo con la constancia librada por el Primer Secretario de la
Asamblea Nacional, sin que ésta haya aprobado o rechazado el
Proyecto de Decreto de Aprobación al Convenio de Crédito de Fomento
No.3344-NI con la Asociación Internacional de Fomento.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Artículo 1.- Se da por aprobado el Convenio de Crédito de
Fomento No. 3344-NI, firmado con la Asociación Internacional de
Fomento (AIF).
Artículo 2.- Ratifícase en todo y cada una de sus partes
el Convenio de Crédito de Fomento No. 3344-NI.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el uno de
Septiembre del año dos mil. ARNOLDO ALEMAN LACAYO,
Presidente de la República de Nicaragua.
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