Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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APROBACION DEL CONVENIO
CONSTITUTIVO DE OLDEPESCA
DECRETO No. 1178, Aprobado el 30 de Diciembre de 1982
Publicado en La Gaceta No. 15 del 19 de Enero de 1983
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
Considerando:
I
Que el 29 de octubre de 1982 el Director con rango de Ministro del
Instituto Nicaragüense de la Pesca, Alfredo Alaniz Downing,
suscribió en la ciudad de México, D. F., en nombre del Gobierno de
Nicaragua, el Convenio Constitutivo de la Organización
Latinoamericana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA) del SELA.
II
Que la Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero recoge
las aspiraciones de los pueblos de contar con un organismo
internacional que promueva su desarrollo dada su importancia
económica y social en concordancia con las necesidades alimentarias
de la región, utilizando su potencial de recursos pesqueros en
beneficio de sus pueblos.
Por tanto:
en uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Aprobar y Ratificar el Convenio Constitutivo de
la Organización Latinoamericana de Desarrollo Pesquero (OLDEPESCA),
suscrito en la ciudad de México, D. F., el 29 de octubre de 1982,
por el Plenipotenciario de Nicaragua.
Artículo 2.- Expedir el correspondiente instrumento de
Ratificación para su depósito en el Ministerio de Relaciones
Exteriores del Perú de conformidad con el Artículo 31 del
Convenio.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigor a partir
de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los treinta días del mes de
diciembre de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad
frente a la Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Daniel Ortega
Saavedra. - Sergio Ramírez Mercado. - Rafael Córdoba
Rivas.
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