Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Banca y Finanzas
Rango: Decretos Ejecutivos
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(APROBACIÓN DEL CONTRATO DE
PRÉSTAMO PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL DE LAS
ADMINISTRACIONES TRIBUTARIAS Y ADUANERAS)
DECRETO No. 86-2000, Aprobado el 4 de Septiembre del
2000
Publicado en La Gaceta No. 171 del 8 de Septiembre del 2000
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Asamblea Nacional recibió el Proyecto de Decreto de
Aprobación del Contrato de Préstamo No.1045/SF-NI Programa de
Fortalecimiento Institucional de las Administraciones Tributarias y
Aduanera, el día veinte de Junio de dos mil, para su aprobación, de
acuerdo a lo establecido en el numeral 12 del artículo 138 de la
Constitución Política, de conformidad con la razón de recibido
puesta en la nota de remisión de dicha iniciativa.
II
Que la atribución concedida en nuestra Carta Magna a la Asamblea
Nacional de aprobar o rechazar los convenios, se le ha otorgado con
el fin de garantizar al país que los compromisos internacionales
sean debatidos públicamente por las principales fuerzas políticas,
económicas y sociales de la nación representadas en ese Poder del
Estado.
III
Que ha transcurrido el plazo señalado en la Constitución Política,
sin que la Asamblea Nacional haya aprobado o rechazado el Proyecto
de Decreto de Aprobación del Contrato de Préstamo No.1045/SF-NI
Programa de Fortalecimiento Institucional de las Administraciones
Tributarias y Aduanera.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Artículo 1.- Se da por aprobado el Contrato de Préstamo
No.1045/SF-NI Programa de Fortalecimiento Institucional de las
Administraciones Tributarias y Aduanera.
Artículo 2.- Ratificase en todas y cada una de sus partes el
Contrato de Préstamo No.1045/SF-NI Programa de Fortalecimiento
Institucional de las Administraciones Tributarias y Aduanera.
Artículo 3.- Expedir el correspondiente Instrumento de
Ratificación, para su depósito en las oficinas
correspondientes.
Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el cuatro de
Septiembre del año dos mil. ARNOLDO ALEMAN LACAYO,
Presidente de la República de Nicaragua.
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