Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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(APROBACIÓN DEL CONTRATO DE
PRÉSTAMO NO.1027/SF-NI, PROYECTO DE APOYO
AL MINISTERIO DE SALUD PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA RED
HOSPITALARIA)
DECRETO No.42-99, Aprobado el 24 de Marzo de 1999
Publicado en la Gaceta No.68 del 14 de Abril de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Asamblea Nacional recibió el Contrato de Préstamo
No.1027/SF-NI, Proyecto de Apoyo al Ministerio de Salud para la
Modificación de la Red Hospitalaria, el día diez de Diciembre de
1998, para su aprobación, de acuerdo a lo establecido en el numeral
12 del artículo 138 de la Constitución Política, de conformidad con
la razón de recibido puesta en la nota de remisió n de dicha
iniciativa.
II
Que la atribución concedida en nuestra Carta Magna a la Asamblea
Nacional de aprobar o rechazar los convenios, se le ha otorgado con
el fin de garantizar al país que los compromisos internacionales
sean debatidos públicamente por las principales fuerzas políticas,
económicas y sociales de la nación representadas en ese poder del
Estado.
III
Que ha transcurrido el plazo señalado en la Constitución Política,
sin que la Asamblea Nacional haya aprobado o rechazado el Contrato
de Préstamo No.1027/SF-NI, Proyecto de Apoyo al Ministerio de Salud
para Modernización de la Red Hospitalaria, firmado por el Gobierno
de Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID),
representado por el Señor ENRIQUE V. IGLESIAS.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
HA DlCTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1.- Se da por aprobado el Contrato de Préstamo
No.1027/SF-NI, Proyecto de Apoyo al Ministerio de Salud para la
Modernización de la Red Hospitalaria, firmado entre el Gobierno de
Nicaragua y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID),
representado por el Señor ENRIQUE V. IGLESIAS.
Artículo 2.- Ratificase en toda y cada una de sus partes
el Contrato de Préstamo mencionado en el artículo que antecede.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación, en "La Gaceta Diario Oficial".
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veinticuatro
de Marzo de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN
LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
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