Aprobación De Protocolo De Suministro De Maquinaria Y Equipo De La Urss A Nicaragua

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - APROBACIÓN DE PROTOCOLO DE SUMINISTRO DE MAQUINARIA Y EQUIPO DE LA URSS A NICARAGUA Decreto No. 1084 de 28 de julio de 1982 Publicado en La Gaceta No.181 de 4 de agosto de 1982 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA Considerando: 1.-Que el 7 de mayo de 1982, el Comandante de la Revolución, Henry Ruiz, Ministro de Planificación, suscribió en la ciudad de Moscú con el Representante del Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, el Protocolo de suministro de maquinaria y equipo de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas a la República de Nicaragua. 2.-Que dicho Protocolo se encuentra enmarcado en el Convenio Comercial del 19 de marzo de 1980, entre Nicaragua y la Unión Soviética, vigente entre los dos Países, en base al respeto mutuo a la soberanía, igualdad de derechos y no intervención. POR TANTO: en uso de sus facultades, Decreta: Artículo 1.-Aprobar y ratificar el Protocolo de suministro de maquinaria y equipo de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas a la República de Nicaragua, suscrito en Moscú el 7 de mayo de 1982. Artículo 2.-Comunicar por medio del Ministerio del Exterior al Ilustrado Gobierno de la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas, la aprobación y ratificación del Protocolo. Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de julio de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Daniel Ortega Saavedra. - Sergio Ramírez Mercado. - Rafael Córdova Rivas. -