Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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(APROBACIÓN DE LA CONVENCIÓN
INTERAMERICANA SOBRE ASISTENCIA MUTUA EN MATERIA PENAL)
DECRETO No. 77-2002, Aprobado el 29 de Agosto del
2002
Publicado en La Gaceta No. 173 del 12 de Septiembre del 2002
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Asamblea Nacional recibió el Proyecto de Decreto de
Aprobación de la Convención Interamericana Sobre Asistencia Mutua
en Materia Penal, el día siete de Mayo de mil novecientos noventa y
ocho, para su aprobación, de acuerdo a lo establecido en el numeral
12 del artículo 138 de la Constitución Política, de conformidad con
la razón de recibido puesta en la nota de remisión de dicha
iniciativa.
II
Que la atribución concedida en nuestra Carta Magna a la Asamblea
Nacional de aprobar o rechazar los convenios, se le ha otorgado con
el fin de garantizar al país que los compromisos internacionales
sean debatidos públicamente por las principales fuerzas políticas,
económicas y sociales de la nación representadas en ese Poder del
Estado.
III
Que ha transcurrido el plazo señalado en la Constitución Política,
sin que la Asamblea Nacional haya aprobado o rechazado el Proyecto
de Decreto de Aprobación de la Convención Interamericana Sobre
Asistencia Mutua en Materia Penal.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política,
HA DICTADO
El siguiente
DECRETO
Artículo 1.- Se da por aprobada la Convención Interamericana
Sobre Asistencia Mutua en Materia Penal.
Artículo 2.- Ratifícase en todas y cada una de sus partes
el Proyecto de Decreto de Aprobación de la Convención
Interamericana Sobre Asistencia Mutua en Materia Penal.
Artículo 3.- Expedir el correspondiente Instrumento de
Ratificación, para su depósito en la oficinas correspondientes.
Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el veintinueve
de Agosto del año dos mil dos. ENRIQUE BOLAÑOS GEYER,
Presidente de la República de Nicaragua.
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