Aprobación De Convenio De Garantía Solidaria Otorgado Por Nicaragua Para Modificación De Contrato De Préstamo

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Ejecutivos - APROBACIÓN DE CONVENIO DE GARANTÍA SOLIDARIA OTORGADO POR NICARAGUA PARA MODIFICACIÓN DE CONTRATO DE PRÉSTAMO Decreto No. 1086 de 28 de julio de 1982 Publicado en La Gaceta No.181 de 4 de agosto de 1982 LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA en uso de sus facultades, Decreta: Artículo 1.-Apruébase la suscripción de Convenio de Garantía Solidaria, a otorgarse por la República de Nicaragua, para la Modificación de Contrato de Préstamo concedido por el Banco Centroamericano de Integración Económica (BCIE) al Instituto Centroamericano de Administración de Empresas (INCAE), hasta por Seiscientos Noventicinco Mil Trescientos Tres con Noventiocho Centavos de Dólares (US$695,303.98), pagadero en un plazo de diez (10) años, en el que se incluye un año de gracia, en los términos y condiciones establecidos en la Escritura de Modificación de Contrato de Préstamo. Artículo 2.-Se autoriza al Ministro de Finanzas para que en nombre de la República de Nicaragua suscriba el respectivo Convenio de Garantía. Artículo 3.-El presente Decreto entrará en vigencia desde el momento de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veintiocho días del mes de julio de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad Frente a la Agresión". JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez Mercado. - Daniel Ortega Saavedra. - Rafael Córdova Rivas. -