Aprobación De Contrato De Préstamono.1032/sf-Nl Programa De Desarrollo Del Marco Institucional De La Secretaría Técnica De La Presidencia De La República
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
-
(APROBACIÓN DE CONTRATO DE
PRÉSTAMO NO.1032/SF-NL PROGRAMA DE DESARROLLO DEL MARCO
INSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA TÉCNICA DE LA PRESIDENCIA DE LA
REPÚBLICA)
DECRETO No. 80-99, Aprobado el 15 de Julio de 1999
Publicado en La Gaceta No.136 del 16 de Julio de 1999
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
CONSIDERANDO
I
Que la Asamblea Nacional recibió el Proyecto de Aprobación de
Contrato de Préstamo No. 1032/SF-NI Programa de Desarrollo del
Marco Institucional de la Secretaría Técnica de la Presidencia de
la República, el día veintiocho de Abril de mil novecientos noventa
y nueve, para su aprobación de acuerdo a lo establecido en el
numeral 12 del Artículo 138 de la Constitución Política, de
conformidad con la Constancia extendida por el Primer Secretario de
la Asamblea Nacional.
II
Que la atribución concedida en nuestra Carta Magna a la Asamblea
Nacional de aprobar o rechazar los Convenios, se le ha otorgado con
el fin de garantizar al país que los compromisos internacionales
sean debatidos públicamente por las principales fuerzas Políticas,
económicas y sociales de la nación representadas en ese Poder del
Estado.
III
Que ha transcurrido el plazo señalado en la Constitución sin que la
Asamblea Nacional haya aprobado o rechazado el Contrato de Préstamo
No. 1032/SF-NI Programa de Desarrollo del Marco Institucional de la
Secretaría Técnica de la Presidencia de la República.
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1.- Se da por aprobado el Contrato de Préstamo
No.1032/SF-Nl Programa de Desarrollo del Marco Institucional de la
Secretaría Técnica de la Presidencia de la República, suscrito
entre el Gobierno de Nicaragua y el Banco Interamericano de
Desarrollo, en París Francia el 19 de Marzo de 1999.
Artículo 2.- Ratifíquese en toda y cada una de sus partes
el Contrato de Préstamo No.1032/SF-NI Programa de Desarrollo del
Marco Institucional de la Secretaría Técnica de la Presidencia de
la República.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación, en La Gaceta Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, el quince de
Julio de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMAN
LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.
-