Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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APROBACION CONTRATO DE PRESTAMO
OTORGADO POR EL BCIE A NICARAGUA
DECRETO No. 1212, Aprobado el 09 de Marzo de 1983
Publicado en La Gaceta No. 59 del 12 de Marzo de 1983
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
Decreta:
Artículo 1.- Apruébase la contratación de Préstamo a
otorgarse a la República de Nicaragua, por el Banco Centroamericano
de Integración Económica (BCIE), hasta por la cantidad de Siete
Millones Quinientos Mil Dólares (US$ 7,500,000.00), para financiar
parcialmente la construcción y equipamiento de un Centro Nacional
de Despacho de Carga, a ejecutarse por el Instituto Nicaragüense de
Energía (INE).
Artículo 2.- El Préstamo será pagado en un plazo de quince
(15) años, dentro de los cuales se incluyen cinco (5) años de
gracia, a partir de la fecha de suscripción del Contrato, mediante
veinte (20) cuotas semestrales, iguales y consecutivas, por la
cantidad de Trescientos Setenta y Cinco Mil Dólares (US$
375,000.00) cada una, debiendo pagarse la primera, sesenta v seis
(66) meses después de la fecha del Contrato, se reconocerá y pagará
semestralmente intereses del 9.5% anual sobre los saldos deudores y
una comisión de compromiso del 1.07% anual sobre los saldos no
desembolsados.
Artículo 3.- Se autoriza al Ministro de Finanzas, o a la
persona en quien éste delegue, para que en nombre de la República
de Nicaragua, suscriba el respectivo Contrato de Préstamo y los
documentos necesarios. El Ministerio de Finanzas deberá establecer
oportunamente en los presupuestos de ingresos y egresos de la
República, las cantidades necesarias para el cumplimiento de las
obligaciones contraídas.
Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde
la fecha de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los nueve días del mes de Marzo de
mil novecientos ochenta y tres. "Año de Lucha por la Paz y la
Soberanía".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. - Rafael Córdova Rivas.
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