Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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APROBACION CONTRATO DE PRESTAMO
CON HOLANDA POR 23 MILLONES DE FLORINES
DECRETO No. 1166, Aprobado el 03 de Diciembre de 1982
Publicado en La Gaceta No.14 del 18 de Enero de 1983
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
Decreta:
Artículo 1.- Apruébase la contratación de préstamo a
otorgarse por DE NEDERLANDSE INVESTERINGSBANK voor
ONTWIKKELINGSLANDEN N. V., a la República de Nicaragua, por la
cantidad de Veintitrés Millones de Florines (HFL 23,000, 000.00),
para financiar la adquisición de bienes y/o servicios para el
desarrollo de Nicaragua.
Artículo 2.- La República de Nicaragua, pagará este préstamo
en un plazo de treinta (30) años que incluye siete (7) años de
gracia contados a partir de la fecha de suscripción del préstamo,
mediante veintitrés (23) cuotas anuales y consecutivas de Un Millón
de Florines (HFL 1,000,000.00) cada una, y reconocerá y pagará
semestralmente intereses del 2½% anual sobre saldos deudores.
Artículo 3.- Autorízase al Ministro de Finanzas o a la
persona en quien él delegue, para que en nombre y representación de
la República de Nicaragua suscriba el respectivo contrato de
préstamo y los documentos necesarios. El Ministerio de Finanzas
deberá establecer oportunamente en los presupuestos de ingresos y
egresos de la República, las cantidades necesarias para el
cumplimiento de las obligaciones contraídas.
Artículo 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde
su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los tres días del mes de diciembre
de mil novecientos ochenta y dos. "Año de la Unidad frente a la
Agresión".
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL.- Daniel Ortega
Saavedra. - Sergio Ramírez Mercado. - Rafael Córdova
Rivas.
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