Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Decretos Ejecutivos
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AMPLIACIÓN DEL CONVENIO
INTERNACIONAL DEL CAFÉ
Decreto No. 24-92 de 20 de Marzo de 1992
Publicado en La Gaceta No.120 de 24 de Junio de 1992
El Presidente de la República de Nicaragua,
Considerando
I
Que de conformidad con la Resolución número 352 aprobada por el
Consejo Internacional del Café, el 28 de Septiembre de 1990, se
resuelve prorrogar por un año más, del 1 de Octubre de 1991 al 30
de Septiembre de 1992, el Convenio Internacional del Café de 1983
Prorrogado, del cual forma parte Nicaragua.
II
Que la aprobación a dicha prórroga que conviene a los intereses de
Nicaragua, habrá de comunicarse al Secretario General de las
Naciones Unidas.
Por tanto:
En uso de las facultades que le confiere la Constitución
Política,
Ha dictado:
El siguiente Decreto de:
AMPLIACIÓN DEL CONVENIO INTERNACIONAL DEL CAFÉ
Artículo 1.- Aprobar la ulterior ampliación del Convenio
internacional del Café de 1983 Prorrogado, del 1 de Octubre de 1991
al 30 de Septiembre de 1992, de conformidad con la Resolución
número 352 del Consejo Internacional del Café, de 28 de Septiembre
de 1990.
Artículo 2.- Comunicar dicha aprobación al Secretario
General de la Organización de las Naciones Unidas.
Artículo 3.- El presente Decreto entrará en vigencia a
partir de su publicación por cualquier medio de comunicación
social, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta,
Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los veinte
días del mes de Marzo de mil novecientos noventa y dos.- VIOLETA
BARRIOS DE CHAMORRO.- PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE
NICARAGUA.
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