Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Ejecutivos
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ADSCRIPCIÓN DE LOS MEDIOS DE
COMUNICACIÓN AL MINISTERIO DEL INTERIOR
Decreto No. 619 de 13 de enero de 1981
Publicado en La Gaceta No. 12 de 17 de enero de 1981
LA JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCION NACIONAL DE LA REPUBLICA
DE NICARAGUA
En uso de sus
facultades,
Acuerda:
Artículo 1.- Conceder y traspasar al Ministerio del Interior
la jurisdicción, competencia, funciones y atribuciones otorgadas al
Ministerio de Cultura en todo lo referente sobre el funcionamiento
de los Medios de Comunicación colectivos; que se estipulan en el
Artículo 7 de la Ley General Provisional Sobre los Medios de
Comunicación del 16 de agosto de 1979, publicada según Decreto No.
48 en el Diario Oficial "La Gaceta", No. 10 del jueves 13 de
septiembre de 1979; y en el Reglamento de la misma del 22 de
septiembre de 1979, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" No.
19, del viernes 28 de septiembre de 1979.
Artículo 2.- Así mismo queda incorporada la oficina de
Medios de Comunicación del Ministerio de Cultura al presupuesto y
dependencia directa del Ministerio del Interior.
Artículo 3.- El presente decreto entrará en vigencia hoy, desde el
momento de su publicación por cualquier medio de comunicación
colectiva, sin perjuicio de su publicación posterior en "La
Gaecta", Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los trece días del mes de enero de
mil novecientos ochenta y uno "Año de la Defensa y la
Producción.
JUNTA DE GOBIERNO DE RECONSTRUCCIÓN NACIONAL. Sergio Ramírez
Mercado. Moises Hassan Morales, Daniel Ortega Saavedra, Arturo J
Cruz, Rafael Cordova Rivas.-
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